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Esta ley foral modifica, en primer lugar, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Las modificaciones son muy escasas pero de enorme importancia. Se pretende con ellas establecer una rebaja generalizada pero equilibrada de la carga tributaria a todos los navarros.
En segundo lugar, se modifica el Impuesto sobre el Patrimonio. Los contribuyentes por este tributo estaban en franca desventaja respecto del resto de las comunidades autónomas. Así pues, se excluyen de gravamen patrimonios menores, y se equilibra su tratamiento con el resto de territorios.
Por último, se modifica la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades. En este tributo el objetivo que se pretende es minorar los tipos nominales del impuesto, al igual que en los países y territorios de nuestro entorno, pero sin que comprometa la recaudación.
Resumen de los principales cambios:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Se reducen los tipos impositivos aplicables a la base imponible, parte general y las retenciones de trabajo con nuevas tablas aplicables desde el 1 de enero.
- Nuevos tipos para base parte especial: tramos dependiendo de la cuantía del rendimiento entre 19 y 23%
- Se actualizan las cantidades aplicables para reducir como mínimo personal, familiar y minusvalías.
- Exenciones:- Se suprime la de dividendos, los 1.500€ por sujeto pasivo.
Se crea la exención de rendimientos de capital mobiliario para Planes de ahorro a largo plazo.
- Reducción de un 30% para rendimientos generados en más de 2 años, provenientes de rentas de trabajo, capital mobiliario e inmobiliario y empresariales y profesionales, que no podrán superar la cuantía de 300.000€ . Al exceso, no se aplica reducción alguna.
- La reducción en base imponible de aportaciones a sindicatos y partidos políticos, pasa a considerarse como deducción en cuota del 15%, con límite de 600€.
- Se establecen medidas que facilitan la sucesión y continuidad de empresas familiares.
- Nuevos límites para aportaciones a planes de pensiones de 6.000€ anuales a menores de 50 años y 8.000 a mayores de esa edad.
Impuesto sobre Sociedades
Bajada de los tipos impositivos aplicables:
19% para empresas con facturación hasta 1.000.000
23% para empresas entre 1.000.000 y 10.000.000
25% para empresas de más de 10.000.000 de facturación
Se establece un tipo mínimo efectivo del 10% de tributación que puede bajar hasta el 7% para empresas con creación de empleo e inversiones en I+D+i.
Impuesto sobre Patrimonio
Se eleva el umbral de tributación hasta 1.500.000 € (antes 1.000.000 €) de valor de bienes y derechos que determina la obligación de presentar la declaración, se eleva el mínimo exento hasta 800.000€ y se rebaja la tarifa en un 20%.
Ver texto integro de la Ley |
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